Tras los comicios del 22 de octubre comenzaron a circular contenidos en redes sociales donde se denunciaron presuntas irregularidades en el escrutinio, su amplia difusión impulsó a la Cámara Nacional Electoral a emitir un comunicado en el que criticó las “invocaciones de fraude sin fundamento”.
A estas denuncias se sumó la presentación que realizaron desde frente La Libertad Avanza por presunto fraude a través del cambio de urnas en las elecciones generales, donde se habría visto involucrada la Gendarmería Nacional.
En ese marco, que proyecta un manto de sombra sobre el balotaje del próximo domingo, es pertinente repasar cuáles son las instancias por donde pasa tu voto desde que ingresa en la urna hasta que se informa el resultado definitivo.
El escrutinio de mesa
Los ciudadanos acuden a los centros de votación correspondientes el domingo designado entre las 8 y las 18 con el objetivo de emitir su sufragio.
En cada mesa asignada al votante se encuentran las autoridades de mesa, que son ciudadanos designados aleatoriamente por la Justicia electoral. Además, en ese espacio se encuentran los fiscales partidarios, quienes defienden los intereses de los partidos que compiten en la elección.
Una vez que el elector arriba a la mesa introduce su voto en el sobre que le entregan las autoridades y lo deposita en la urna.
Luego de concluida la jornada electoral, el escrutinio de mesa es el primero que se lleva a cabo. A pesar de que todos los empadronados hayan votado, el proceso de escrutinio no inicia antes de las 18.
Cuando concluye el acto electoral, el presidente de mesa y sus auxiliares verifican cuántas personas votaron efectivamente. Después se abre la urna, se contabilizan los sobres presentes y los votos para cada agrupación y cada categoría.
Durante este procedimiento están presentes en todo momento los fiscales de mesa. La información del conteo se vuelca en 3 documentos: el acta de escrutinio, el certificado de escrutinio y el telegrama de escrutinio. Estos elementos serán cruciales para la realización de los 2 escrutinios: el provisorio y el definitivo.
El escrutinio provisorio
El resultado del escrutinio provisorio es el que se publica la noche de las elecciones, pero este no tiene validez legal. La Dirección Nacional Electoral, un organismo que depende del Poder Ejecutivo Nacional, está a cargo del procedimiento y su finalidad es informar los resultados a la ciudadanía el mismo día de la elección.
En el escrutinio provisorio, el documento más importante es el telegrama que confecciona el presidente de mesa y firman los fiscales partidarios presentes. El telegrama es entregado al personal del Correo Argentino, que lo transmite desde el centro de votación al Centro de Cómputos.
En caso de que no haya conectividad en los centros de votación, el personal del correo los transporta, digitaliza y envía desde las Sucursales Electorales Digitales (SED). El sistema de transmisión de los telegramas desde las escuelas es operado por la empresa Smartmatic.
Los telegramas son transmitidos al Centro de Cómputos, donde se hace la carga y sistematización de los datos de cada mesa. Este año, la empresa encargada del recuento provisorio es la española Indra.
Los resultados emitidos desde el Centro de Cómputos nunca cubren el total de las mesas porque siempre hay una pequeña proporción de telegramas que no llegan a ser enviados, tienen errores de confección o quedan sin completar.
Todo este proceso se lleva a cabo para que la ciudadanía pueda conocer el resultado provisorio de los comicios, pero lo que define la elección es el escrutinio definitivo que realiza la Justicia electoral. Cuando finaliza, la ciudadanía puede conocer de forma válida y certera quienes son los ganadores de la elección.
El escrutinio definitivo
Es el que tiene validez legal, lo realiza la Justicia Nacional Electoral (un Tribunal perteneciente al Poder Judicial de la Nación) y comienza 48 horas después de la finalización de las elecciones.
En esta instancia se utilizan los 2 documentos restantes: el acta de escrutinio y los certificados de escrutinio.
Cuando finaliza el recuento en los centros de votación, los datos deben volcarse en el acta escrutinio, los certificados de escrutinio y el telegrama, con la firma de autoridades de mesa y fiscales. El telegrama se entrega al personal del correo para la realización del escrutinio provisorio.
Con todos los sobres y las boletas que se contaron, en la urna se guarda un certificado de escrutinio firmado. La urna se cierra con una faja de seguridad que tapa la ranura y que también debe ser firmada.
A su vez, el acta de escrutinio se guarda junto con otros documentos (padrón, acta de apertura y acta de cierre) en un bolsín plástico que debe ser cerrado con un precinto rojo.
La urna y el bolsín también se entregan al empleado del Correo y son enviados al lugar donde la Justicia electoral de cada distrito realizará el escrutinio definitivo.
La legislación electoral prevé que los fiscales podrán custodiar las urnas y su documentación desde el momento en que se entregan al correo hasta que son recibidas en la Junta Electoral. Para ello, los fiscales partidarios podrán acompañar al funcionario encargado de transportar la urna.
Además, se entregan certificados de escrutinio (copias de los datos de las actas de escrutinio) a los fiscales partidarios. Con esos documentos, los representantes de las agrupaciones deben acudir al lugar del escrutinio definitivo para reclamar por los votos recurridos.
A diferencia del escrutinio provisorio, el definitivo se hace sobre el total de urnas de todo el país -es decir, incluyendo aquellas mesas cuyos telegramas no llegaron a ser enviados el día de las elecciones o que quedaron sin completar.
Esto no quiere decir que se abran las urnas y los votos se cuenten de nuevo, uno por uno. Se realiza en base a las actas de escrutinio, que están fuera de la urna, y los fiscales cuentan con sus certificados para cuestionar la validez del acta de escrutinio.