La Justicia de Córdoba condenó a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) a indemnizar a dos productores porcinos por los daños ocasionados por un incendio que destruyó las instalaciones de un criadero y provocó la muerte de más de 90 animales en un establecimiento rural de General Baldissera.
La resolución fue dictada por el Juzgado de Corral de Bustos Ifflinger, que hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por los productores, quienes alquilaban el establecimiento donde funcionaba el criadero. El fuego se inició luego del desprendimiento de un cable de una línea de alta tensión que atravesaba el predio y terminó afectando el galpón, los animales y otros bienes.
El juez Claudio Daniel Gómez encuadró el caso dentro del régimen de responsabilidad civil objetiva por riesgo creado, previsto en el artículo 1757 del Código Civil y Comercial, al considerar que el transporte de energía eléctrica constituye una actividad riesgosa por su propia naturaleza o por la forma en que se utiliza.
De acuerdo con la sentencia, la relación entre el desprendimiento del cable y los daños quedó acreditada mediante testimonios, un acta notarial de constatación y otros elementos incorporados al expediente. El magistrado también señaló que EPEC no logró demostrar la existencia de una causa que la eximiera de responsabilidad por lo ocurrido.
Según se informó, durante el proceso, la empresa provincial había cuestionado que los demandantes estuvieran legitimados para reclamar y también planteó que no se había acreditado de manera suficiente la propiedad de los animales y otros bienes afectados por el incendio.
Sin embargo, el tribunal rechazó esos planteos y sostuvo que la protección jurídica sobre los bienes muebles no se limita a quienes cuentan con documentación que acredite su propiedad registral, sino que también alcanza a quienes tienen la tenencia de esos bienes.
