La Justicia de Córdoba confirmó la condena a cuatro años de prisión efectiva contra el exintendente de Deán Funes, Germán Darío Facchín, por su participación como instigador en el envenenamiento masivo de animales ocurrido en esa ciudad en abril de 2013. La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó los recursos de casación que presentó la defensa y dejó firme el fallo dictado en 2022.
La Cámara 8ª del Crimen de Córdoba condenó a Facchín por los delitos de daño calificado e infracción a la Ley 14.346, que establece sanciones para quienes cometan actos de maltrato y crueldad contra los animales. En el mismo juicio, el tribunal condenó a cinco empleados municipales a tres años de prisión en suspenso.
El hecho ocurrió durante la madrugada del 28 de abril de 2013, cuando distintas zonas de Deán Funes quedaron cubiertas por cebos envenenados preparados con carne y metomil, una sustancia química de alta toxicidad.
Según determinó la investigación judicial, empleados municipales utilizaron vehículos oficiales para repartir los cebos con forma de albóndigas por distintos sectores de la ciudad. El operativo provocó la muerte de al menos 211 animales, principalmente perros, aunque también murieron gatos, pájaros y gallinas.
Durante el proceso, vecinos declararon que habían visto vehículos municipales mientras distribuían los cebos. La Cámara 8ª consideró acreditado que Facchín, desde su posición al frente de la administración municipal, puso recursos y personal de la comuna a disposición del operativo.
El tribunal también analizó el alcance de la Ley 14.346 y sostuvo que la normativa protege la integridad física y psíquica de los animales, a los que reconoció como seres sintientes capaces de experimentar dolor y placer.
La causa atravesó un extenso recorrido judicial desde 2013. En un primer juicio, la Justicia absolvió a Facchín, pero posteriormente anuló esa decisión y ordenó realizar un nuevo debate. El segundo juicio se llevó adelante en 2022 y terminó con la condena del exintendente y los cinco empleados municipales.
Con la decisión del TSJ, la condena quedó firme en el ámbito de la Justicia provincial, aunque la defensa todavía puede presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Fuente: Vía País
